La Facultad de Ciencias Empresariales (Face) realizó la primera charla Principales normativas y régimenes tributarios que afectan a las mipymes, en el marco del proyecto FIC 2020 “Fortalecimiento del Ecosistema Empresarial Regional”, financiado por el Gobierno Regional del Biobío y ejecutado por la Facultad.
El proyecto busca contribuir a fortalecer la competitividad de las empresas regionales a través de la articulación de la academia, la empresa y el Estado. En ese contexto, su director y decano de la Facultad de Ciencias Empresariales, Dr. Benito Umaña Hermosilla, señaló que se realizarán un ciclo de charlas sobre distintos ámbitos de interés para la micro y pequeña empresa.
La jornada comenzó con la exposición de la jefa de la unidad de Talcahuano del Servicio de Impuestos Internos (SII), Paulina Pradena Gardrat, quien explicó las obligaciones tributarias de los contribuyentes de primera categoría, entre las que se encuentran el inicio de actividades que implica el cómo se formalizan las personas en el desarrollo de sus operación económicas o comerciales, es decir, si es personalidad jurídica o como empresario individual, cuál es la forma que tiene de pararse en este mundo y ver como la parte tributaria le va a afectar. Además de los documentos tributarios para emitir y respaldar las transacciones que realice.
La persona que quiera generar una actividad económica -sostuvo- debe realizar la verificación de actividad, solicitarla cuando esté preparado para desarrollar por primera vez las actividades declaradas al SII y necesiten emitir o timbrar documentos afectos a IVA y que dan derecho a crédito fiscal.
Asimismo, comentó que hay contribuyentes que no requieren verificación de actividad, porque todas sus transacciones u operaciones se van a realizar con clientes finales, por lo tanto, solamente van a emitir boletas electrónicas de venta y servicios.
Por su parte, el académico del Departamento de Administración y Auditoría de la Face y experto en el área Tributaria, Jaime Landaeta Bahamonde, destacó la importancia del proyecto FIC Fortalecimiento del Ecosistema Empresarial Regional, el que catalogó de “fundamental, porque permite orientar a las mipymes para que no se equivoquen cuando deban elegir un régimen tributario, independiente de la contabilidad que deben llevar”.
“Se debe elegir un régimen tributario al cual su rubro va a quedar afecto, por ejemplo, el más recomendado para los emprendedores que están recién partiendo es el Pro Pyme Transparente, que evita que pague impuesto a nivel de empresa y solo lo haga como persona natural, teniendo claro que a medida que vayan creciendo pueden ir ampliando su gestión y , por consiguiente, seria adecuado un cambio de régimen tributario al Pro Pyme General”, precisó.
También se refirió al régimen Pro Pyme General enfocado a micro, pequeños y mediados contribuyentes, que permite optar entre contabilidad completa o simplificada, con tasa de impuesto de primera categoría del 25%, reducida por la ley 21.256 del año 2020 a 10 % por tres años (2020-2022) y tributación de los propietarios en base a retiros efectivos e imputación total del crédito por impuesto de primera categoría.
Finalmente, se refirió al régimen de tributación en base a contabilidad completa, denominado semi-integrado con tasa del impuesto de primera categoría del 27% y tributación de los propietarios en base a retiros efectivos e imputación parcial del crédito por impuesto de primera categoría, orientado a grandes empresas.